Se consideran ventas a distancia, a las ventas celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, transmitiéndose la propuesta de contratación del vendedor y la aceptación del comprador por un medio de comunicación a distancia de cualquier naturaleza.
En particular estan incluidas en este concepto aquellas que se realicen mediante pedidos sobre catálogos previamente distribuidos a los posibles compradores.
La oferta de venta a distancia deberá incluir, al menos, los siguientes elementos:
a. Identidad del proveedor.
b. Características especiales del producto.
c. Precio y gastos del transporte.
d. Forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución.
e. Plazo de validez de oferta.
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