viernes, 22 de mayo de 2015

Concepto

Se consideran ventas a distancia, a las ventas celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, transmitiéndose la propuesta de contratación del vendedor y la aceptación del comprador por un medio de comunicación a distancia de cualquier naturaleza.

En particular estan incluidas en este concepto aquellas que se realicen mediante pedidos sobre catálogos previamente distribuidos a los posibles compradores.

La oferta de  venta a distancia deberá incluir, al menos, los siguientes elementos:

a. Identidad del proveedor.

b. Características especiales del producto.

c. Precio y gastos del transporte.

d. Forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución.

e. Plazo de validez de oferta.

No hay comentarios:

Publicar un comentario